¿Conoces cuáles son los requisitos para inscribirse en el Registro Nacional de Administradores?

 Uno de los aspectos más importantes que a traído la Ley 21.442 es el Registro Nacional de Administradores. De acuerdo a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y al Reglamento del Registro Nacional de Administradores de Condominio, los requisitos para inscribirse en el Registro Nacional, como administrador remunerado, son los siguientes:

 

Personas Naturales:

Título Gratuito

 

  1. Presentar Formulario de solicitud dispuesto por la Secretaría Ejecutiva de Condominios.
  2. Tener mayoría de edad y ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país.
  3. No haber sido condenado por alguno de los delitos contemplados en los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal, lo que se acreditará con el Certificado Antecedentes Penales para fines especiales.

Título Oneroso (Pagado)

  1. Presentar Formulario de solicitud dispuesto por la Secretaría Ejecutiva de Condominios.
  2. Tener mayoría de edad y ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país.
  3. No haber sido condenado por alguno de los delitos contemplados en los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal, lo que se acreditará con el Certificado Antecedentes Penales para fines especiales
  4. Haber aprobado la educación media.
  5. Haber aprobado un curso de capacitación en materias de administración de condominios, o bien, contar con la certificación de competencias laborales referidas a la administración de condominios; requisitos que podrán ser acreditados mediante alguno de los siguientes documentos:
    1. Certificado de aprobación del curso de capacitación, otorgado por alguna institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, o por un organismo técnico de capacitación acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
    2. Certificado de competencias labores en administración de condominios, otorgado por un centro acreditado por la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.267.

      Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados, según formato dispuesto por la Secretaría Ejecutiva de Condominios.

Personas Jurídicas:

  1. Presentar Formulario inscripción según formato dispuesto por la Secretaría Ejecutiva de Condominios.
  2. Contar con personalidad jurídica vigente al momento de la solicitud de inscripción en el Registro, con objeto social específico.
  3. Nómina de las personas naturales que ejercerán las labores de administradores o subadministradores de condominios, las que individualmente deberán estar inscritas en el Registro Nacional a título oneroso.
  4. Identificación del representante legal de la persona jurídica o de alguno de los socios, accionistas o autoridades superiores, quien deberá cumplir con cada uno de los requisitos de las Personas Naturales.
  5. Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados, según formato dispuesto por la SEC.

 

Cabe mencionar que el Registro Nacional es de carácter, único, público, obligatorio y gratuito; y excluye  la existencia de registros similares en cualquier otra institución pública o privada.

 


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